COMENTARIO
Los delitos contra la justicia, especialmente en los procesos judiciales, formulados como leyes apodícticas, eran castigados con severidad. La equidad debe regular las acciones en los pleitos, que solían celebrarse junto a las puertas de las murallas de las ciudades. El v. 3 resulta sorprendente, pero reafirma la exigencia de imparcialidad en los jueces, que no deberán inclinarse al rico por soborno, ni tampoco al pobre por compasión (cfr Dt 16,19). Algunos comentaristas suponen que el texto original decía gadol (poderoso) en vez de dal (pobre), es decir, «tampoco con el poderoso te mostrarás parcial», semejante a Lv 19,15. Pero ningún texto ni versión avala ese cambio, por lo que hay que seguir manteniendo la lectura recibida, aunque resulte más difícil de explicar.
San Agustín comenta que con esta norma no se aminora el valor de la misericordia: «la misericordia es buena, pero nunca en contra de la justicia» (Quaestiones in Heptateuchum 2,88).