COMENTARIO

 Lv 5,14-26 

Los sacrificios de reparación por algunas transgresiones de la Ley —sacrificios por el delito— son distintos de los ofrecidos por las faltas anteriores, llamadas «pecados», y para los que se han prescrito los sacrificios de expiación. Aquellas transgresiones eran cometidas también sin advertencia, pero en estos casos se trataba de retención injusta de cosas sagradas (ofrendas, primicias, etc.), o bien de una violación de los derechos divinos, sin especificar cuáles.

La culpa se daba incluso cuando había ignorancia del precepto transgredido. Se trataba entonces de una culpa legal y no de una culpa moral. Sin embargo, a veces se llegaba a realizar una interpretación tan rigurosa y legalista que hacía poco menos que insoportable el cumplimiento de la Ley (cfr Hch 15,10).

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