COMENTARIO

 Ex 21,22-23 

Es el único texto bíblico que menciona el aborto causado indirectamente. Siendo una formulación legal muy escueta, cabría interpretar que hay que pagar con la vida cuando se ha causado un daño (mortal) al feto o a la madre (v. 23). Sin embargo, parece que únicamente cuando la madre moría el castigo era la muerte; si el dañado era el feto, el castigo era sólo monetario. Ahora bien, aunque de este texto no pueda deducirse que el feto fuera considerado como persona humana con todos sus derechos, también es cierto que se castigaba con severidad si un golpe provocaba el aborto. Más bien parece deducirse que, ya que ninguna norma bíblica contempla el aborto directamente provocado, éste nunca se daba, puesto que el hijo era valorado como tal desde el momento de la concepción. Más aún, el aborto espontáneo es considerado como una desgracia (cfr 23,26).

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