COMENTARIO

 Ex 22,15-16 

La joven no desposada pertenece a la familia del padre. El caso descrito podía ser un procedimiento legítimo, aunque no habitual para contraer matrimonio. Pero el padre conservaba el derecho de negar su consentimiento. De esta forma se defendía el derecho de las jóvenes y el de sus familias. El pago del mohar, dinero que percibía el padre de la esposa (cfr Gn 34,12; 1 S 18,25), refleja la costumbre común entre los pueblos semitas según la cual se llevaban a cabo los matrimonios; sería un anacronismo suponer que el matrimonio era entonces una especie de contrato de compraventa en el que la mujer era tratada como un objeto. Más bien, parece claro que los desposorios eran un compromiso entre familias, y que la beneficiaria de una nueva pareja compensaba de algún modo a la que se privaba de ella.

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