COMENTARIO
Si Dios se preocupa por la tierra, más se preocupa por los que la habitan, especialmente si son descendientes de Abrahán. De ahí que se den normas particulares referentes a los hijos de Israel. A éstos no se les puede prestar con interés ni podrán ser equiparados a un esclavo. A lo más será un jornalero, y en el año jubilar quedará exonerado de todo débito y carga. El episodio narrado por Nehemías, en favor de los israelitas más pobres, ilustra esta normativa (cfr Ne 5,1-11). También en Ex 22,26 y Dt 23,20-21 se habla de ello. En el Código de la Alianza se determina, incluso, que la liberación del israelita ocurra a los seis años de servicio (cfr Ex 21,1-6). Por otra parte, en Dt 15,13-14 se establece que el esclavo liberado debe recibir además algunos bienes, a fin de que pueda sobrevivir. La obligación de ayudar al hermano necesitado refleja, una vez más, la función social que tienen los bienes temporales. «Si alguno tiene bienes en este mundo, y viendo a su hermano en necesidad, le cierra sus entrañas, ¿cómo es posible que resida en él el amor de Dios?» (1 Jn 3,17). Sabido es con qué firmeza los Padres de la Iglesia han precisado cuál ha de ser la actitud de los que poseen, respecto de los que se encuentran en necesidad: «No es parte de tus bienes —así dice San Ambrosio— lo que tú das al pobre; lo que le das le pertenece. Porque lo que ha sido dado para uso de todos, tú te lo apropias. La tierra ha sido dada para todo el mundo y no solamente para los ricos» (De Nabuthae historia 12,53). Es decir, la propiedad privada no constituye para nadie un derecho incondicional y absoluto. No hay ninguna razón para reservarse en uso exclusivo lo que supera la propia necesidad, cuando a los demás les falta lo necesario (cfr Pablo VI, Populorum Progressio, n. 23).
En el caso de los extranjeros se permite la esclavitud, sin que rija para ellos la liberación del año jubilar. En cambio, el israelita que caiga en manos de un extranjero enriquecido en la tierra de Israel, tendrá siempre opción a su rescate y en el año jubilar quedará libre. La razón está siempre en la soberanía de Dios sobre su pueblo. Porque todos los israelitas son suyos, nadie puede llegar a ser su propietario a perpetuidad. No obstante, es preciso reconocer que estas justas disposiciones muchas veces no se cumplieron. También entonces los profetas protestaron y amenazaron con castigos por conculcar las leyes del Señor (cfr Jr 32,7; Ez 46,17).