COMENTARIO
En realidad este capítulo podría ir —y así aparece en la versión griega de los Setenta— antes que el anterior, ya que continúa narrando la actividad de Elías. Sin embargo el orden del texto hebreo parece reflejar mejor el sucederse de los acontecimientos en la vida de Ajab. Yizreel sería la segunda residencia de Ajab ya mencionada en 18,45.
La denuncia de los atropellos a los débiles será uno de los cometidos de los profetas (cfr Is 5,8-24; Am 2,6-16; etc.), como lo será también de la Iglesia en el cumplimiento de su función profética: «El respeto de la persona humana implica el de los derechos que se derivan de su dignidad de criatura. Estos derechos son anteriores a la sociedad y se imponen a ella. Fundan la legitimidad moral de toda autoridad: menospreciándolos o negándose a reconocerlos en su legislación positiva, una sociedad mina su propia legitimidad moral. Sin este respeto, una autoridad sólo puede apoyarse en la fuerza o en la violencia para obtener la obediencia de sus súbditos. Corresponde a la Iglesia recordar estos derechos a los hombres de buena voluntad y distinguirlos de reivindicaciones abusivas o falsas» (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1930).