COMENTARIO
Daniel aparece plenamente insertado en el ámbito social y político de la sociedad en la que vive, habiendo alcanzado el puesto más relevante después del rey, gracias a su talento y a su lealtad. La conspiración contra él puede provenir de la envidia de los demás y quizá del hecho mismo de ser extranjero y judío. Le tienden una trampa de carácter legal: hacen que el rey, cediendo a la adulación, decrete una orden por la que yendo más allá de su condición de rey, se convierta durante treinta días en el único dios. Con esa ley el rey se obliga a sí mismo y va a ser víctima de ella misma cuando intente librar a Daniel. El judío Daniel no es ahora obligado a hacer algo contra su religión, sino más bien a no hacer lo que ésta le exige: orar a Dios mirando a Jerusalén (cfr 1 R 8,48). El procedimiento empleado por los acusadores de Daniel es perverso; manipulan al rey y a la ley, de forma que puedan acusar a Daniel de quebrantar la ley por motivos religiosos ya que no pueden hacerlo por faltar a las responsabilidades de su cargo.
La reacción de Daniel, que continuó sus prácticas de oración cuando se enteró del decreto (v. 11), ha sido destacada por los Padres como ejemplo de oración para el cristiano. Así lo entendió Orígenes: «La recomendación orad sin cesar (Lc 18,1) la podemos considerar como un precepto realizable únicamente si pudiéramos decir que la vida toda de un varón es una gran oración continuada. Una parte de esta gran oración continuada sería la que suele llamarse propiamente oración, que no debe hacerse menos de tres veces al día, como aparece claro por Daniel, que a pesar del peligro que le suponía, oraba tres veces al día» (De oratione 12,2).