COMENTARIO

 Jr 31,23-30 

Dios, que es misericordioso, no permitirá que la desgracia cargue indefinidamente sobre el pueblo elegido. Por eso se anuncia el momento en que los deportados regresarán para habitar en su tierra, junto con sus hermanos. Primero se describe la nueva vida en Jerusalén bajo la protección de Dios (vv. 23-25), para pasar a continuación, tras un versículo de difícil comprensión (v. 26) —algunos lo interpretan como una glosa de un lector—, a hablar de la protección del Señor y de la responsabilidad personal (vv. 27-30).

Los vv. 29-30 introducen por vez primera en la Biblia el tema de la responsabilidad personal de los propios actos. En contradicción al viejo proverbio —que se encuentra también en Ez 18,2 (cfr Lm 5,7)— hacen notar que los que están en el destierro no tendrán que pagar las culpas de los pecados de sus padres, pues sólo habrán de responder al Señor de sus propias acciones. Se prepara así el terreno para entender el carácter personal de la Nueva Alianza de la que se habla a continuación (31,31-37). Al mismo tiempo, se va clarificando la doctrina sobre la retribución individual (cfr nota a Ez 18,1-32). La responsabilidad moral no es colectiva, sino que cada uno dará cuenta a Dios de lo que haya hecho personalmente en su vida. «El pecado, en sentido verdadero y propio, es siempre un acto de la persona, porque es un acto libre de la persona individual, y no precisamente de un grupo o una comunidad. Este hombre puede estar condicionado, apremiado, empujado por no pocos ni leves factores externos; así como puede estar sujeto también a tendencias, taras y costumbres unidas a su condición personal. En no pocos casos dichos factores externos e internos pueden atenuar, en mayor o menor grado, su libertad y, por lo tanto, su responsabilidad y culpabilidad. Pero es una verdad de fe, confirmada también por nuestra experiencia y razón, que la persona humana es libre. No se puede ignorar esta verdad con el fin de descargar en realidades externas —las estructuras, los sistemas, los demás— el pecado de los individuos. Después de todo, esto supondría eliminar la dignidad y la libertad de la persona, que se revelan —aunque sea de modo tan negativo y desastroso— también en esta responsabilidad por el pecado cometido. Y así, en cada hombre no existe nada tan personal e intransferible como el mérito de la virtud o la responsabilidad de la culpa» (S. Juan Pablo II, Reconciliatio et paenitentia, n. 16).

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