Indulgencias

From MarAdentro

¿Qué es una “indulgencia”?

Para perdonarnos los pecados, Jesús instituyó el sacramento de la Penitencia. Al confesarnos se nos perdona la culpa del pecado, pero permanecen en el alma sus consecuencias. Estas últimas podemos eliminarlas en esta vida de diversos modos: rezando un acto de contrición, ofreciendo sacrificios al Señor… o bien se limpiarán en el Purgatorio.  

Otro modo de cancelar esas consecuencias es ganando una indulgencia. La indulgencia es un regalo: la Iglesia nos aplica los méritos de Jesucristo, y los que, gracias a Él, tuvieron también la Virgen y los santos. Lo único que se nos pide es que realicemos algunos actos de piedad.

Existen dos tipos de indulgencias: parciales y plenarias. Una indulgencia plenaria borra todas las consecuencias del pecado en el alma. Por eso, es un regalo muy grande que puedes ofrecer por ti misma o por las almas del Purgatorio (por una en particular, por varias o por todas).  

"La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la Redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos" (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1471).

¿Cómo puedo ganar una indulgencia plenaria?

Siempre que hagas:

  • Rezar el Santo Rosario en una iglesia, en un oratorio, o bien en familia, o en comunidad. Es suficiente rezar cinco de los misterios, meditándolos brevemente.
  • Rezar el Via Crucis ante los cuadritos de las estaciones, pasando de uno a otro por lo menos quien dirige la oración.
  • Media hora de adoración ante el Santísimo.
  • Media hora de lectura de la Sagrada Escritura.

En circunstancias especiales:

  • En el momento de la muerte a quien hubiere rezado algo durante su vida (es muy consolador). En este caso, solo es necesario estar bien dispuesto: en gracia de Dios, rechazando cualquier pecado, y habiendo deseado alguna vez ganar esta indulgencia.
  • Una vez al año por Santuario: rezar un padrenuestro y un credo en un santuario o basílica (por ejemplo en la Almudena o en Torreciudad).
  • Al recibir la bendición papal Urbi et Orbi (o escucharla por radio o televisión, en directo). El Papa la suele dar el día de Navidad y el Domingo de Pascua.
  • Al realizar un curso de retiro de al menos tres días completos.
  • Al asistir a una Primera Comunión.

En algunas fechas especiales:

  • 2 de Noviembre: si visitas una Iglesia u Oratorio público, y rezas allí un Padrenuestro y un Credo.
  • Del 1 al 8 de noviembre: si visitas un Cementerio y rezas allí por los difuntos. Además, los que se encuentren en “régimen de aislamiento”, o estén enfermos, podrán alcanzar la indulgencia rezando ante una imagen de Nuestro Señor o de la Santísima Virgen, orando, por ejemplo Laudes, Vísperas del Oficio de Difuntos, el Rosario, la Coronilla de la Misericordia, o las oraciones más habituales de cada tradición, o también podrán proceder a una lectura meditada del Evangelio en una de las tres Misas previstas para los fieles difuntos y, por supuesto, ofrecer obras de misericordia.
  • 31 de diciembre: si recitas el himno "Te Deum" en una iglesia, dando gracias a Dios por los beneficios recibidos el último año.
  • 1 de enero: si recitas el himno "Veni Creator" en una iglesia.
  • Los viernes de Cuaresma: después de comulgar, si rezas ante un crucifijo la oración "Miradme o mi amado y buen Jesús".
  • En los oficios de Semana Santa:
    • Jueves santo: si recitas el "Tantum ergo" durante la exposición que sigue a la Misa.
    • Viernes santo: si asistes a los oficios.
    • Sábado santo: si renuevas las promesas bautismales en la Vigilia Pascual.
  • Pentecostés: si recitas el himno "Veni Creator" en una iglesia.
  • Corpus Christi: si participas en la Procesión Eucarística.
  • 2 Agosto: si rezas un Padrenuestro y un Credo en la catedral o parroquia.

Las personas que llevan el escapulario del Carmen pueden lucrar una indulgencia plenaria:

  • El día en que le imponen el escapulario.
  • 16 de mayo (S. Simón Stock).
  • 16 de julio (Virgen del Carmen).
  • 20 de julio (S. Elías Profeta).
  • 1 de octubre (Sta. Teresa de Lisieux).
  • 15 de octubre (Sta. Teresa de Jesús).
  • 14 de noviembre (Todos los Santos Carmelitas).
  • 14 de diciembre (S. Juan de la Cruz).

¿Tengo que hacer algo más?

Además de lo que se indica en la sección anterior, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  1. Querer ganar la indulgencia plenaria y cumplir una de las obras indicadas.
  2. Rechazar cualquier pecado, mortal o venial, diciendo de todo corazón, por ejemplo: “antes morir que volver a pecar”.
  3. Confesarse y recibir la Comunión eucarística, al menos una semana antes o después de realizar la obra por la que se gana la indulgencia.
  4. Rezar por las intenciones del Papa.


La indulgencia plenaria únicamente puede ganarse una vez al día, ya sea para uno mismo, o bien para aplicarla por los difuntos.

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Ver también: https://www.ideasrapidas.org/indulgencias.htm